El reglamento, publicado el 16 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) entra en vigor el día de hoy, con lo que se amplía la protección de la salud de la población, en particular de las infancias, contra la exposición al humo de tabaco y emisiones.

En México hay cerca de 16 millones de personas fumadoras y cada día fallecen más de 173 personas por enfermedades asociadas al tabaquismo.

“México se vuelve uno de los países a la vanguardia en la protección de la salud de niños, niñas y adolescentes”.

Gady Zabicky Sirot, Titular de la Comisión Nacional contra las Adicciones, CONADIC.

Como parte de las generalidades de tal reglamento, las dos principales disposiciones son:

  1. La prohibición total de toda forma de publicidad y promoción de productos de tabaco, incluida su exhibición en los puntos de venta.
  2. La ampliación de la protección frente al humo y las emisiones de cualquier producto de tabaco y nicotina.

Respecto a la primera disposición que trata sobre la comercialización, se establece que en los puntos de venta habrá impresa una lista textual y escrita con la descripción y los precios de los productos de tabaco de acuerdo con las características publicadas en el DOF el 13 de enero de 2023.

En cuanto a la ampliación de espacios cien por ciento libres de humo y emisiones, en los que queda prohibido consumir cualquier producto de tabaco o nicotina, se dispondrá de un manual de identidad gráfica con las nuevas señalizaciones, así como para las zonas exclusivamente para fumar, las cuales a partir de hoy deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre.

Al respecto, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) es la garante de vigilar la correcta implementación del reglamento, así como las eventuales sanciones por su incumplimiento.

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